El 03 abril de 2025 entró en vigor la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, la que dejó sin contenido los artículos 63, 64, 65, 66 y 67 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, que establecían las condiciones para optar a la llamada “Golden Visa”.
Se eliminan las vías que permitían acceder a la residencia por inversión: desde los 500.000 € en inmuebles, hasta más de 2 millones en deuda pública o 1 millón en acciones de empresas españolas.
¿Afecta a quienes ya han obtenido una visa bajo esta ley?
- No se pierde el permiso de residencia ya obtenido.
- Las solicitudes presentadas con anterioridad a la fecha de entrada en vigor podrán recibir el visado o autorización correspondiente conforme a la normativa vigente en la fecha de presentación de la solicitud.
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